Derecho Laboral · Tenerife
ACCIDENTE
LABORAL
Asesoramiento jurídico en accidentes de trabajo, recargo de prestaciones,
responsabilidad empresarial e incapacidad permanente en Tenerife.
¿Qué es un accidente de trabajo?
Abogados especialistas en accidente laboral en Tenerife
Un accidente laboral puede cambiar tu vida en un instante: dolor físico, baja médica, incertidumbre económica y dudas sobre si recibirás el reconocimiento y la indemnización que mereces. En Lauter Abogados reclamamos todos los derechos que te corresponden: desde la calificación correcta del accidente hasta la indemnización civil por los daños sufridos.
Definición legal: Se considera accidente de trabajo "toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena". Esto incluye accidentes en el centro de trabajo, in itinere (en el trayecto al trabajo) y en misión (desplazamientos ordenados por la empresa).
Modalidades
Tipos de accidente de trabajo
La calificación correcta del accidente es el primer paso para reclamar todos tus derechos.
Accidente en el centro de trabajo
Caídas, golpes, atrapamientos, cortes, quemaduras o lesiones por maquinaria ocurridos durante la jornada laboral. Se presume que es accidente de trabajo si ocurre en tiempo y lugar de trabajo.
Accidente in itinere
El sufrido en el trayecto habitual entre el domicilio y el lugar de trabajo, siempre que se cumplan los requisitos de normalidad en el recorrido, el medio de transporte y el tiempo empleado.
Accidente en misión
El producido durante desplazamientos ordenados por la empresa para realizar una tarea fuera del centro habitual de trabajo. Se extiende a todo el tiempo del desplazamiento.
Enfermedad profesional
Las contraídas por la exposición a factores de riesgo propios del trabajo: ruido, sustancias químicas, posturas forzadas, esfuerzos repetitivos. Deben estar recogidas en el cuadro oficial o acreditarse su relación con el trabajo.
Falta de medidas de seguridad
Cuando el accidente se produce por incumplimiento empresarial en materia de prevención de riesgos laborales, la empresa puede incurrir en responsabilidad civil y penal, además del recargo de prestaciones.
Presunción de laboralidad
La ley establece que se presume que es accidente de trabajo cualquier lesión sufrida durante el tiempo y en el lugar de trabajo. Es la empresa o la mutua quien debe demostrar lo contrario.
Lo que te corresponde
Derechos e indemnizaciones tras un accidente laboral
Un accidente de trabajo puede dar lugar a varias vías de reclamación simultáneas. Te ayudamos a activarlas todas.
Incapacidad temporal (baja laboral)
Desde el día siguiente al accidente, el trabajador tiene derecho a la prestación por incapacidad temporal a cargo de la mutua colaboradora. La cuantía es el 75% de la base reguladora desde el primer día de baja, sin periodo de espera, a diferencia de la enfermedad común.
75% de la base reguladora · desde el día 1Incapacidad permanente
Si las secuelas del accidente son definitivas e impiden al trabajador realizar su actividad habitual, puede reconocerse la incapacidad permanente. Los grados son: parcial (reduce el rendimiento en al menos un 33%), total (impide la profesión habitual), absoluta (impide toda profesión) y gran invalidez (necesita ayuda de terceros).
Pensión vitalicia según grado reconocidoRecargo de prestaciones
Cuando el accidente se produce por falta de medidas de seguridad exigibles, el INSS puede imponer un recargo del 30% al 50% sobre todas las prestaciones económicas reconocidas. Este recargo lo paga exclusivamente la empresa infractora y no puede ser cubierto por ningún seguro.
30%-50% de recargo · a cargo de la empresaIndemnización por daños y perjuicios
Con independencia de las prestaciones de la Seguridad Social y del recargo, el trabajador puede reclamar una indemnización civil adicional que compense el lucro cesante, el daño moral, las secuelas y los gastos médicos y de rehabilitación derivados del accidente, cuando exista negligencia empresarial o de terceros.
Compatible con prestaciones y recargoCómo actuamos
Nuestro proceso de asistencia jurídica
Gestionamos todas las vías de reclamación de forma coordinada para que no pierdas ningún derecho.
Recogida de documentación
Analizamos el parte de accidente, informes médicos, historial de baja, declaraciones de testigos y la documentación en materia de prevención de riesgos de la empresa.
Determinación de contingencia
Gestionamos con la mutua y el INSS el reconocimiento de la contingencia como accidente de trabajo, impugnando si es necesario la calificación como enfermedad común.
Reclamación de todos los derechos
Activamos simultáneamente la solicitud de prestaciones, el expediente de recargo de prestaciones ante el INSS y la reclamación de daños y perjuicios frente a la empresa.
Defensa judicial
Si no se alcanza acuerdo o se impugna alguna resolución, presentamos demanda y defendemos tu caso ante el Juzgado de lo Social hasta obtener el resultado que te corresponde.
Preguntas frecuentes
Dudas habituales sobre accidentes de trabajo
Respondemos a las preguntas más comunes que recibimos de trabajadores accidentados en Tenerife.
Sí, en la mayoría de los casos. La empresa tiene un deber amplio de protección frente a los riesgos del trabajo, lo que incluye proteger al trabajador incluso frente a sus propias imprudencias no temerarias. La culpa exclusiva del trabajador es una excepción muy limitada y difícil de acreditar. En Lauter Abogados analizamos cada caso para determinar el grado de responsabilidad empresarial.
Puedes acudir directamente a la mutua colaboradora con la Seguridad Social o solicitar la determinación de contingencia ante el INSS. También puedes comunicarlo a la Inspección de Trabajo. No declarar un accidente de trabajo es una infracción grave de la empresa. Consúltanos cuanto antes para actuar en el plazo correcto.
Los plazos varían según la vía de reclamación: la impugnación de un alta médica prematura tiene 10 días hábiles; el recargo de prestaciones prescribe a los 5 años; la reclamación de daños y perjuicios prescribe al año desde la estabilización de las secuelas. La determinación de contingencia no tiene un plazo fijo pero debe solicitarse sin demora. Actúa cuanto antes para no perder derechos.
Sí. Si las secuelas del accidente son definitivas y afectan a tu capacidad de trabajo, puedes solicitar la incapacidad permanente ante el INSS. El Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) evaluará el grado: parcial, total, absoluta o gran invalidez. Si la resolución no reconoce el grado que corresponde, puedes impugnarla judicialmente.
Tienes 10 días hábiles para impugnar el alta ante la Inspección Médica de la Seguridad Social. Si el médico de cabecera considera que no estás en condiciones de reincorporarte, puede emitir una baja por enfermedad común. En Lauter Abogados gestionamos la impugnación del alta para que no pierdas tu protección económica ni te reincorpores antes de estar recuperado.
Sí. El recargo de prestaciones (30%-50% sobre las prestaciones de la Seguridad Social) y la indemnización civil por daños y perjuicios son perfectamente compatibles y acumulables. Ambas vías compensan conceptos distintos: el recargo sanciona a la empresa por el incumplimiento preventivo, mientras que la indemnización civil resarce el daño real sufrido por el trabajador.